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Definición del IUE - Impuesto a las Utilidades de las Empresas

El IUE es un impuesto que se aplica en todo el territorio nacional sobre las utilidades resultantes de los estados finacieros de las empresas al cierre de cada gestión anual, ajustadas de acuerdo a lo que disponga esta ley y su reglamento

Antes de profundizar en las caracterĆ­sticas del IUE, se tiene tiene que entender dos elementos que presentes en el mismo: las empresas y las utilidades.



Una empresa es toda unidad económica, inclusive las de carÔcter unipersonal, que coordine factores de la producción en la realización de actividaes industriales y comerciales. También quedan incluidas las que se ocupan del ejercicio de profesiones liberales y oficios sujetos a reglamentación, prestaciones de servicios de cualquier naturaleza, alquiler, arrendamiento de bienes muebles u obras y cualquier otra prestación que tenga por objeto el ejercicio de actividades que reunan los requisitos establecidos.

AdemĆ”s, se consideran utilidades, rentas, beneficios o ganancias las que surjan de los estados financieros, tengan o no carĆ”cter periódico. La utilidad neta serĆ” la resultante de deducir de la utilidad bruta los gastos necesarios para su obtención y conservación de la fuente.

¿Sobre qué se aplica? - Base imponible

  • Sobre las utilidades netas de fuente boliviana de los estados financieros al cierre de cada gestion anual (empresas obligadas a llevar estados financieros)
  • Los que no estĆ”n obligados a llevar estados financieros
  • Declaración jurada anual

ĀæSobre quiĆ©n se aplica? - Sujeto pasivo

Son sujetos del IUE todas las empresas tanto públicas como privadas, incluyendo: sociedades anónimas, sociedades anónimas mixtas, sociedades en comandita por acciones y en comanditas simples, sociedades cooperativas, sociedades de responsabilidad limitada, sociedades colectivas, sociedades de hechos, entre otros.

Estas empresas pĆŗblicas y privadas pueden ser:
  • Individuales
  • Sociedades comerciales
  • Personas colectivas civil (Sociedades civiles, asociaciones, fundaciones)

¿CuÔl es el período que comprende?

Un año calendario (la fecha de vencimiento depende de la actividad económica de la empresa) y serÔ determinado al cierre de cada gestión, en las fechas que disponga el reglamento.

No hay que olvidar que los ingresos y gastos serÔn considerados del año en que termine la gestión en el cual se han devengado.

¿Qué sucede si tengo pérdidas?

Se deducen de las utlilidades de los aƱos siguientes

AlĆ­cuota

Es el 25% de la utlilidad neta (siempre y cuando la el saldo sea positivo).

Exenciones

Quedan exentos del impuesto a las utilidades:

  • Asociaciones civiles, fundaciones, ONG's sin fines de lucro.
  • Las actividades del Estado Nacional, las municipalidades, las universidades pĆŗblicas, salvo aquellas actividades comprendidas en el Código de Comercio.
  • Las utilidades obtenidas por las ascociaciones civiles, fundaciones o instituciones no lucrativas.
  • Los intereses a favor de organismos internacionales de crĆ©dito e instituciones oficiales extranjeras, cuyos convenios hayan sido por el gobierno.

Condiciones de los exentos

Tramitar formalmente ante la Administración tributaria y que realicen las siguientes actividades:
  • Religiosas
  • Caridad
  • Educativas
  • Culturales
  • Profesionales
  • Gremiales
  • CientĆ­ficas
  • Deportivas
  • PolĆ­ticas

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